¿Quieres instalar una estatua en la Ciudad de México? Este proceso puede parecer complicado, pero con la información adecuada, puedes llevarlo a cabo de manera efectiva. La instalación de monumentos y estatuas en espacios públicos no solo es una forma de embellecer la ciudad, sino que también rinde homenaje a figuras importantes de la historia.
Sin embargo, recuerda que es crucial atender y cumplir con los requisitos legales y los trámites necesarios para que tu proyecto sea aprobado, aquí te decimos cómo hacerle.
La instalación de estatuas en la Ciudad de México está regulada por diversas leyes y normativas, principalmente por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, así como su reglamento. Esta legislación establece que cualquier obra en un inmueble considerado monumento histórico requiere la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia ( INAH ).
¿QUÉ PASOS DEBO SEGUIR PARA INSTALAR UNA ESTATUA?
- Presentar una solicitud . El interesado debe presentar una solicitud en las Ventanillas Únicas del INAH , utilizando el formato INAH-02-002 en su Modalidad “A”. Debe incluir un original y una copia. Recuerda que este trámite no tiene costo
- Esperar plazo de respuesta . El INAH tiene un plazo de 10 días para responder a la solicitud. Si no hay respuesta en este tiempo, se considera que la solicitud ha sido negada.
- Documentación requerida . Junto con la solicitud, el interesado debe presentar varios documentos, como planos arquitectónicos del proyecto, memoria descriptiva de las obras y copia de documentos legales que acreditan la propiedad del inmueble.
Además, ten en cuenta que tu solicitud requiere la aprobación del Comité de Monumentos y Obras Artísticas en Espacios Públicos ( COMAEP ). Este comité evalúa la viabilidad de la instalación, considerando aspectos como el impacto visual, la seguridad y la preservación del patrimonio.
DATOS DE LA SOLICITUD:
- Juego completo de planos arquitectónicos del estado actual del monumento.
- Planos del proyecto, incluyendo detalles arquitectónicos y especificaciones de los materiales.
- Secuencia fotográfica de la calle donde se instalará la obra.
- Memoria descriptiva de las obras.
- Copia del Registro del Director Responsable de la Obra o Cédula Profesional del arquitecto responsable.
- Documentos que acreditan la propiedad del inmueble.
- Constancia vigente de zonificación de uso de suelo.
La responsabilidad de aprobar la instalación de estatuas recae principalmente en el COMAEP . Ten en cuenta que este comité está integrado por representantes del INAH , INBAL y otras dependencias del Gobierno de la CDMX.
Su función es emitir dictamenes técnicos sobre la instalación, reubicación o remoción de monumentos históricos y obras artísticas.
La autorización emitida por el INAH tiene una vigencia de un año, la cual puede ser prorrogable por un período igual. Si no se ejecutan las obras autorizadas dentro de este tiempo, el interesado debe solicitar una nueva licencia. En caso de que se requieran modificaciones al proyecto aprobado, también es necesario solicitar una modificación de proyecto al INAH .
¿CÓMO RETIRAR UNA ESTATUA?
Retirar una estatua sin las autorizaciones correspondientes puede resultar en sanciones legales . Recientemente, se dio a conocer el caso del ‘Monumento Encuentro’, que conmemora a Fidel Castro y Ernesto ‘Che’ Guevara , el cual fue retirado sin el aval del COMAEP ni del INAH. Este tipo de acciones generan controversia y pueden generar problemas legales para las autoridades involucradas.
Es fundamental que cualquier proyecto de instalación de estatuas en la CDMX se realice en estricto apego a la normativa vigente . Además, es recomendable mantener una comunicación constante con las autoridades correspondientes y seguir todos los pasos necesarios para evitar contratiempos.