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¿Se puede ‘embargar’ el afore de un deudor si no da pensión alimenticia?

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Suprema Corte de Justicia.La Suprema Corte dio un fallo histórico al autorizar que se tomen recursos del ahorro para el retiro, a fin de garantizar el pago de pensiones alimenticias a menores de edad
(Especial)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un fallo histórico al autorizar que, de forma excepcional, se tomen recursos del ahorro para el retiro, Afores, a fin de garantizar el pago de pensiones alimenticias a menores de edad.

Pero... ¿cómo se dio este fallo y por qué tus hijos podrían beneficiarse de ello? Resulta que la madre de dos pequeños acudió a un juzgado para solicitar que se usara parte del ahorro para el retiro de un trabajador del Estado, con el fin de garantizar el pago de pensión alimenticia de sus hijas e hijos.

Sin embargo, el juez lo negó, argumentando que ese dinero no puede retenerse, porque la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro lo prohíbe.


⁠Entonces, el caso llegó a la Primera Sala de la Corte, que resolvió que sí es posible embargar una parte de ese ahorro con el fin de garantizar el derecho a los alimentos de niñas, niños y adolescentes.

Esto es relevante ya que algunas personas deudoras alimenticias, al verse con la obligación de cumplir con ella, prefieren renunciar a sus empleos.

... PERO, ¿BAJO QUÉ CONDICIONES SE TOMARÍA DINERO DE UN AFORE?

La Corte resolvió que esta medida sólo podrá aplicarse si el deudor (y padre o madre de familia en cuestión) está en calidad de desempleado y no tiene otros bienes para garantizar el pago pensión.


En términos simples, esto significa que la Corte sentó un precedente para:

- Permitir embargar la subcuenta de retiro Cesantía en edad avanzada y vejez, en proporción equivalente a lo que el trabajador podría retirar voluntariamente por desempleo, a fin de cubrir el monto de la pensión alimenticia y no se deje de cumplir con esta obligación.

- Garantizar “justicia familiar”, pues el fallo prioriza el derecho de los menores a recibir alimentos, esto por encima de las personas que quedan en una problemática de desempleo.

¿ESTA RESOLUCIÓN APLICARÁ EN TODOS LOS CASOS?

La Suprema Corte precisó que dejó intacto el artículo 79 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), misma que prohíbe los embargos sobre esa subcuenta.

Por ello, quedará a interpretación de los juzgadores el embargo de la subcuenta para cumplir con la obligación de los alimentos para menores.

Además se detalló que el embargo a las Afores también estará topado a lo que la ley autoriza para los casos de desempleo, que es del 10% del saldo de la subcuenta de la Afore.

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