Congreso

Senado aprueba reforma a la Ley de Amparo; pasa a la Cámara de Diputados

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Ley de Amparo.Con 76 votos a favor y con 39 en contra, la asamblea avaló las reformas en lo general
(Especial)

El Senado de la República aprobó durante la madrugada de este 2 de octubre el dictamen con proyecto de decreto para reformar la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Ahora, la iniciativa fue enviada a la Cámara de Diputados, para que continúe con el proceso legislativo.

Con 76 votos a favor y con 39 en contra, la asamblea avaló las reformas en lo general. En lo particular con 70 votos a favor y 39 en contra.

La iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum fue respaldada por los partidos Morena, PT y PVEM, en tanto la oposición advirtió que pese a algunas modificaciones se sigue afectando el interés colectivo.


Lo más polémico ocurrió casi al final de la sesión, cuando fue discutida, y aprobada por la mayoría, la reserva ingresada por el morenista Manuel Huerta Ladrón de Guevara, que permite que la reforma aplique para amparos que ya se encuentran en proceso, lo que fue calificado como anticonstitucional.

Por el PAN, Verónica Rodríguez Hernández aseguró que con esta propuesta se confirma que lo único que le interesa al partido en el gobierno es defender su movimiento, “pero no están pensando en el pueblo”, por lo que el mensaje de Morena hoy es claro, “menos defensa para las personas y más manos libres para la autoridad”.


¿DE QUÉ VA LA LEY DE AMPARO?

Con la reforma se implementa el uso de las tecnologías de la información para garantizar un juicio de amparo en línea, a través de reglas más uniformes y vinculantes que refuercen las certezas de las partes, en cuanto al valor y equivalencia de los expedientes electrónicos y físicos.

Se garantiza el interés legítimo tanto en lo individual como en lo colectivo, además de que, en materia de cumplimiento de las ejecutorias de amparo, se recobró el texto de la ley vigente para que se mantenga la posibilidad de sancionar a los servidores públicos que incumplan las resoluciones de las y los órganos jurisdiccionales, con la intención de velar por la certeza, pues la iniciativa proponía cobrarle al Estado o a la sociedad el pago de la multa.

Además, se establece de manera expresa las formas de garantía del interés fiscal que pueden constituir las personas gobernadas, para obtener la suspensión en juicios de amparo en que se controviertan actos relativos a la ejecución o cobro de créditos fiscales firmes.

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