El Servicio de Administración Tributaria (SAT) enfrenta actualmente una ola de críticas y señalamientos debido a los retrasos en las devoluciones de impuestos correspondientes a la declaración anual 2025.
Según denuncias de contribuyentes y la opinión de expertos, el SAT estaría atravesando serios problemas de liquidez que le impiden cumplir en tiempo y forma con los pagos de saldos a favor.
Mario Di Costanzo Armenta, expresidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) y exdiputado federal, advirtió que el SAT “se quedó sin dinero” para responder a las solicitudes de devolución de impuestos, a pesar de que miles de personas ya cumplieron con su declaración en tiempo y forma.
“El SAT está arañando el dinero hasta debajo de las piedras para cumplir con sus obligaciones de gasto”, señaló Di Costanzo, al explicar que esta situación también estaría detrás del rechazo injustificado de muchas solicitudes de devolución, incluso en casos donde los contribuyentes repitieron exactamente las mismas condiciones fiscales que en años anteriores.
A estas afirmaciones se suman múltiples testimonios en redes sociales de ciudadanos que reportan demoras inusuales en la devolución automática del saldo a favor, proceso que presuntamente, en años anteriores, solía tardar entre cinco y doce días hábiles.
¿QUÉ DICE EL SAT?
El pasado 14 de abril, el SAT anunció el inicio del proceso de devoluciones automáticas para los contribuyentes personas físicas que presentaron su declaración en los primeros días de abril.
La devolución automática es una facilidad administrativa que permite al fisco depositar directamente el saldo a favor del contribuyente, sin necesidad de hacer un trámite adicional, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Los contribuyentes que aplican para esta devolución automática son aquellos cuya declaración corresponde al ejercicio 2024, que hayan optado por la devolución, tengan un saldo a favor menor a 150 mil pesos, y hayan proporcionado una cuenta CLABE activa a su nombre. Dependiendo del monto, el trámite puede hacerse con “contraseña” o e.firma.
Sin embargo, aunque el SAT tiene oficialmente hasta 40 días hábiles —según el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación— para emitir una resolución sobre la solicitud de devolución, el retraso masivo en los pagos, y la falta de respuestas claras, han generado sospechas sobre un problema de liquidez.
Ante esta situación, se recomienda a los contribuyentes dar seguimiento puntual a su solicitud de devolución a través del portal del SAT y estar atentos a cualquier notificación. En caso de que se rechace su saldo a favor o no se resuelva en el tiempo estipulado, es posible interponer una aclaración o incluso una queja formal.
Hasta el momento, el SAT no ha emitido una postura oficial sobre la supuesta falta de recursos.