La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sostuvo este miércoles una de sus discusiones más tensas desde la renovación de su integración, al analizar un asunto relacionado con la posibilidad de anular juicios que ya concluyeron, incluso cuando existan señalamientos de fraude procesal.
El debate surgió a partir de un proyecto elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, en el que se plantea declarar improcedente la anulación de sentencias firmes.
Aunque la propia Ortiz votó en contra de su proyecto, al afirmar que desde la configuración anterior del Pleno sostenía “junto a una minoría de ministros” que sí hay mecanismos para tramitar acciones de nulidad, la discusión abrió un amplio contraste de criterios entre los integrantes.
En la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa expresó su rechazo a cualquier intento de crear instancias no previstas en la ley y llamó a respetar el concepto de cosa juzgada, al advertir que representa uno de los pilares del sistema jurídico.
Subrayó que esta figura garantiza certeza y estabilidad a las decisiones judiciales. “Con ello se asegura que la decisión de los tribunales, una vez agotada las instancias, adquieran firmeza de carácter inamovible. Representa la seguridad jurídica en nuestro país, la certeza”, señaló.
La ministra insistió en que el Pleno no puede asumir facultades que no le otorga el marco legal.
“Mucho se ha criticado a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación por atribuirse facultades que no tiene, más preocupante debe ser que la propia Suprema Corte de Justicia invente instancias judiciales que ni siquiera el propio legislador consideró”, afirmó.
Añadió que revisar juicios con sentencia definitiva implicaría un riesgo para la estabilidad jurídica: “¿Si no, cuándo van a concluir los procesos?”
Desde una posición similar, la ministra María Estela Ríos advirtió que abrir la puerta al uso de figuras como el supuesto “fraude procesal” para rebatir sentencias firmes podría derivar en incertidumbre permanente. Consideró que permitir la revisión de juicios ya concluidos haría “interminable” la resolución de los asuntos.
En contraste, la ministra Lenia Batres Guadarrama, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, así como Irving Espinosa, Sara Irene Herrerías, Giovanni Figueroa y la propia Ortiz defendieron que la nulidad de cosa juzgada sí puede proceder en casos donde existan indicios de irregularidades graves. Para ellos, no debe prevalecer una “aplicación rígida” que convalide actos fraudulentos ni puede otorgarse a la cosa juzgada un “carácter absoluto”.
El ministro Aguilar Ortiz señaló que, si una sentencia se obtiene mediante acciones indebidas, debe existir un mecanismo para revisar esos actos. En el mismo sentido, Espinosa Betanzo recordó que esta figura funciona como excepción para corregir injusticias derivadas de procesos fraudulentos.
Aunque Esquivel sostuvo que el criterio vigente de la Corte había sido no reabrir casos juzgados aun frente a pruebas de un “proceso fraudulento” por falta de fundamento legal, la mayoría del Pleno consideró necesario revisar nuevamente ese estándar.
Por ello, una mayoría de seis ministros decidió no declarar la improcedencia y ordenó devolver el asunto a la ministra Ortiz para elaborar un nuevo proyecto que refleje la postura de la actual integración.



